TABLÓN DE ANUNCIOS
REFERENCIAS DE INTERÉS PARA CLIENTES
· DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS DE ATENCIÓN A CLIENTES:
- Servicio de Reclamaciones del Grupo Santander Unidad de Atención al Cliente
- Ciudad Grupo Santander
- Av. de Cantabria s/n
- Edificio Pinar planta 0
- 28660 Boadilla del Monte ( Madrid)
Se puede dirigir a este Servicio:
. Por correo, a la dirección indicada
. Por fax, a los números 91 411 51 98 ó 91 411 42 84
. Por Internet. https://www.gruposantander.com/Formulario_WM/formularios/ AtencionAlCliente/reclamaciones.jsp
Este Servicio cuenta con su propio REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE que se anexa a este folleto)
- Defensor del cliente de Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A. (Organismo independiente al que está adherido Santander Consumer, E.F.C, S.A. y al que pueden presentar sus reclamaciones en base a su propio reglamento).
ASNEF
A/A Doña Blanca García Lasarte.
Calle Velázquez 64-66 - 2ª Planta
Madrid 28001
Tfno. 91.781.44.00 / Fax 91.431.46.46
Correo electrónico bgarcia@asnef.com
La entidad está obligada a atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, en el plazo de dos meses desde su presentación en el departamento o Servicio de atención al cliente o en su caso, defensor del cliente.
· SERVICIO DE RECLAMACIONES DE BANCO DE ESPAÑA (*)
Banco de España
Calle Alcalá 50
Madrid 28012
(*) Para admisión y tramitación de reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, será imprescindible acreditar haberlas formulado previamente
por escrito ante el Servicio de Reclamaciones o ante el Defensor del Cliente de la entidad de crédito.
Comunidades Autónomas que exigen a las Entidades de Crédito que tienen Oficinas radicadas en las mismas la tenencia de
Hojas de Reclamaciones a disposición de los consumidores y usuarios:
Andalucía • Aragón • Asturias • Canarias • Cantabria • Castilla-La Mancha . Cataluña • Extremadura • Galicia • Madrid • Murcia • Navarra • País Vasco • Valencia
· MODIFICACIONES DEL TIPO DE INTERES, COMISIONES O GASTOS REPERCUTIBLES, EN CONTRATOS DE DURACIÓN INDEFINIDA
La modificación de las comisiones contempladas respecto de Tarjeta de Crédito, así como la modificación de los intereses y gastos repercutibles serán de aplicación a los dos meses siguientes de su comunicación realizada de forma previa e individualizada a la clientela.
· NORMATIVA REGULADORA DE LA TRANSPARENCIA DE LAS OPERACIONES BANCARIAS Y LA PROTECCIÓN DE LA CLIENTELA
- Ley 16/2009, de 13 de noviembre de Servicios de Pago.(B.O.E. 14.11.09 )
- Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo ( B.O.E. 25.06.11)
- Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.(B.O.E. 29.10.11)
- Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicable a los servicios de pago. (B.O.E.: 18.06.10)
- Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio. Regulación y control de la publicidad de los Servicios y productos bancarios. (B.O.E.29.06.10)
- Circular 6/2010, de 28 de septiembre, del Banco de España, a entidades de crédito y entidades de pago, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios. B.O.E. 11.10.10)
- Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España sobre transparencia de los servicios bancarios (B.O.E. 6.07.12 ).
- Circular 3/2001, de 24 de septiembre (B.O.E. 9.10.01).
- Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los comisionados para la defensa de los cliente de servicios financieros. (B.O.E. 3.3.04 )
- Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y defensor del cliente de las entidades financieras. (B.O.E. 3.3.04)
· OFERTAS VINCULANTES
Los señores Clientes podrán solicitar ofertas vinculantes sobre créditos al consumo, con carácter gratuito y según especificaciones y plazos establecidos en la normativa vigente.
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