TABLÓN DE ANUNCIOS

 
DECLARACIÓN OBLIGATORIA DE TIPOS DE OPERACIONES ACTIVAS

TIPO PREFERENCIAL...6,00%
Otros tipos de referencia Nominal Efectivo
Créditos y Préstamos a 3 años 8,5% (trimestral vencido) 8,84%
Préstamos al consumo hasta 5 años 13,00% (mensual vencido) 13,80%
Préstamos Hipotecarios Vivienda Tipo variable 2,24% 2,26% (*)
Descubierto en cuenta corriente consumidores 9,57% 10%
Resto descubiertos 29,00% 33,18%
EXCEDIDOS EN CUENTA DE CRÉDITO 29% 33,18%

(*) Tipo nominal aplicable primer año. El resto del plazo al Tipo Interbancario Euribor 12 meses publicado por el Banco de España en el BOE en el segundo mes anterior a la fecha de revisión, más un punto. Para el cálculo de la TAE publicada, se ha estimado un plazo de amortización de 15 años.

NOTAS:
- Los tipos que figuran en este estado no incluyen comisiones u otras cargas.
- Descubiertos en cuenta corriente y excedidos en cuenta de crédito; devengarán a favor del Banco, además, cuando procedan, las comisiones vigentes establecidas para estas operaciones en la tarifa de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a Clientes. De conformidad con el artículo 19.4 de la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo, el coste de los "descubiertos en cuenta corriente con consumidores" no podrán dar lugar a una Tasa Anual Equivalente superior a 2,5 veces el interés legal del dinero.
- Otros tipos de referencia: tienen carácter orientativo, siendo de aplicación los tipos y periodos de liquidación que se pactan contractualmente.
- Los tipos consignados para operaciones de préstamos y/o créditos bajo la mención de "Otros tipos de referencia" serán también los que deberán aplicarse para actualizar el interés de las operaciones concertadas con tipos preferenciales variables con anterioridad al 1.08.1988.
- La información de los tipos de referencia tienen carácter orientativo para los Clientes, por lo que no limitará la libertad de contratación de las partes.


· NORMATIVA REGULADORA DE LA TRANSPARENCIA DE LAS OPERACIONES BANCARIAS Y LA PROTECCIÓN DE LA CLIENTELA

- Orden Ministerial de 12.12.89 (B.O.E. 19.12.89 )
- Circular Banco de España 8/90 de fecha 7.9.90 (B.O.E. 20.9.90)
- Ley 5/1992 de 29 de Octubre (B.O.E. 31.10.92)
- Circular Banco de España 13/93 (B.O.E. 31.12.93)
- Ley 2/1994 de 30 de Marzo (B.O.E. 4.4.94)
- Circular Banco de España 5/94 de fecha 22.7.94 (B.O.E. 3.8.94)
- Orden Ministerial de 5.5.94 (B.O.E. 11.5.94)
- Ley 7/95 de Crédito de Consumo de 23.3.95 (B.O.E. 25.3.95)
- Orden Ministerial de 25.10.95 (B.O.E. 2.11.95)
- Circular Banco de España 3/96 (B.O.E. 13.3.96)
- Circular C.N.M.V. 1/96 (B.O.E. 9.4.96)
- Ley 9/99 de 12 de Abril (B.O.E. 13.4.99)
- Ley 44/2002, de 22 de noviembre (B.O.E. 23.11.02)
- Orden Ministerial de 16.11.00 (B.O.E. 25.11.00)
- Circular 3/2001, de 24 de septiembre (B.O.E. 9.10.01).
- Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los comisionados para la defensa de los cliente de servicios financieros. (B.O.E. 3.3.04 )
- Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y defensor del cliente de las entidades financieras. (B.O.E. 3.3.04)


· OFERTAS VINCULANTES

Los señores Clientes podrán solicitar ofertas vinculantes sobre créditos al consumo y préstamos hipotecarios con carácter gratuito y según especificaciones y plazos establecidos en la normativa vigente.

· TRANSFERENCIAS DE FONDOS CON EL EXTERIOR REGULADOS EN LA LEY 9/1999

Se informa a los señores Clientes que esta Entidad no realiza las operaciones de transferencia transfronteriza de las reguladas en la Ley 9/1999, de 12 de abril.


REFERENCIAS DE INTERÉS PARA CLIENTES:

· FOLLETO DE TARIFAS Y NORMAS DE VALORACIÓN

Se informa a los señores Clientes la existencia y disponibilidad en nuestras Oficinas de un folleto de tarifas y normas de valoración, disponible para su consulta. Este folleto se encuentra asimismo disponible en Internet, pudiendo consultarse en la siguiente dirección: http://www.santanderconsumer.es En dicho folleto no figuran las condiciones generales aplicables a las transferencias de fondos con el exterior, ya que esta Entidad no realiza dichas operaciones.

· MODIFICACIONES DEL TIPO DE INTERES, COMISIONES O GASTOS REPERCUTIBLES, EN CONTRATOS DE DURACIÓN INDEFINIDA

- La modificación de las comisiones contempladas respecto de Tarjeta de Crédito, así como la modificación de los intereses y gastos repercutibles serán de aplicación a los treinta días siguientes de su comunicación realizada de forma previa e individualizada a la clientela.

· DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS DE ATENCIÓN A CLIENTES:

- Servicio de Reclamaciones del Grupo Santander Central Hispano
Unidad de Atención al Cliente
Ciudad Grupo Santander
- Av. de Cantabria s/n
- Edificio Pinar planta 0
- 28660 Boadilla del Monte ( Madrid )
Se puede dirigir a este Servicio:
. Por correo, a la dirección indicada
. Por fax, a los números 91 411 51 98 ó 91 411 42 84
. Por Internet.https://www.gruposantander.com
Este Servicio cuenta con su propio REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE que se anexa a este folleto.
- Defensor del cliente de Santander Consumer Finance, S.A. (Organismo independiente al que está adherido SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A. y al que pueden presentar sus reclamaciones en base a su propio reglamento I)
ASNEF
A/A Doña Blanca García Lasarte.
Calle Velázquez 64-66 - 2ª Planta
Madrid 28001
Tfno. 91.781.44.00 / Fax 91.431.46.46
Correo electrónico bgarcia@asnef.com

La entidad está obligada a atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, en el plazo de dos meses desde su presentación en el departamento o Servicio de atención al cliente o en su caso, defensor del cliente

· SERVICIO DE RECLAMACIONES DE BANCO DE ESPAÑA (*)

Banco de España
Calle Alcalá 50
Madrid 28012

(*) De conformidad con la Norma Decimocuarta de la Circular 8/1990, de 7 de septiembre del Banco de España, para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, será imprescindible acreditar haberlas formulado previamente por escrito ante el Servicio de Reclamaciones o el Defensor del Cliente de la entidad de crédito.

Comunidades Autónomas que exigen a las Entidades de Crédito que tienen Oficinas radicadas en las mismas la tenencia de Hojas de Reclamaciones a disposición de los consumidores y usuarios:
· Andalucía · Aragón · Asturias · Canarias · Cantabria · Castilla-La Mancha · Cataluña · Extremadura · Galicia · Madrid · Murcia · Navarra · País Vasco · Valencia

· FOLLETO INFORMATIVO GRATUITO SOBRE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS

Se informa a los señores Clientes que existen en las oficinas, folletos informativos de acuerdo a la Orden Ministerial que regula la transparencia de los préstamos hipotecarios.

· MERCADO DE VALORES

- Las competencias en materia de transparencia de las operaciones y protección a la Clientela respecto al Mercado de Valores correspondiente a la C.N.M.V. (Comisión Nacional del Mercado de Valores) y al banco de España, las posibles reclamaciones pueden dirigirse a las Dependencias y organismos de Atención a Clientes señalados, en el apartado "DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS DE ATENCIÓN A CLIENTES", o a la propia C.N.M.V.
- La normativa que regula la actuación ,transparencia e identificación de intervinientes en las operaciones de valores se regula por la Orden Ministerial de 25.10.95 (B.O.E. 2.11.95) y por la Circular 1/96 de la C.N.M.V. (B.O.E. 9.4.96).
- En el Folleto de Tarifas y Normas de Valoración de Santander Consumer Finance, S.A. disponible en nuestras oficinas para su consulta, se establecen las comisiones por operaciones de Mercado de Valores.
o En el Epígrafe 12º de dicho Folleto se establecen las Comisiones por Operaciones de Valores Mobiliarios y otros activos financieros, por cuenta de clientes.
o En el Epígrafe 13º de dicho Folleto se establecen las Comisiones por Operaciones realizadas por cuenta de las Entidades emisoras de valores mobiliarios y otros activos financieros.
o No obstante lo anterior SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A. podrá no cobrar a sus clientes las Comisiones indicadas con carácter de máximo en los EPÍGRAFES 12º Y 13º antes referido.
- Asimismo se encuentran disponibles en nuestras oficinas para su consulta, los folletos de las instituciones de inversión colectiva que comercializa Santander Consumer Finance, S.A.

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